¡Bienvenid@!

Estás en un blog de pruebas de multi-autores. Utiliza el formulario de abajo para escribir y publicar una entrada en este blog.
Una vez que se haya enviado el formulario recarga la página para ver la entrada publicada.

No incluyas material para adultos, lenguaje vulgar u ofensivo, contenido con odio, racismo o discriminación, de lo contrario tu entrada será eliminada.

martes, 13 de septiembre de 2011

: dfsdf

Título*:dfsdf
Autor*:dsfsfsaf
Mensaje*:dsasfg
Subir imagen:



Visitor IP: 190.233.11.99

Powered by EmailMeForm

Read more »

domingo, 11 de septiembre de 2011

: Hola

Título*:Hola
Autor*:Tu papá
Mensaje*:Mensaje!!!
Subir imagen:



Visitor IP: 189.200.218.3

Powered by EmailMeForm

Read more »

sábado, 10 de septiembre de 2011

: hgjk

Título*:hgjk
Autor*:ghjkhjk
Mensaje*:hgjkhjkhjk
Subir imagen:



Visitor IP: 186.78.64.49

Powered by EmailMeForm

Read more »

: la casa

Título*:la casa
Autor*:jose
Mensaje*:la casa es bonita
Subir imagen:



Visitor IP: 186.89.152.63

Powered by EmailMeForm

Read more »

: Muy Bien

Título*:Muy Bien
Autor*:CarDan
Mensaje*:me encanta ciudad Blogger :D
Subir imagen:



Visitor IP: 187.132.236.140

Powered by EmailMeForm

Read more »

jueves, 8 de septiembre de 2011

: Hurto

Título*:Hurto
Autor*:Omar
Mensaje*:Consiste el delito de hurto en el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, ajena en todo o en parte, realizado sin fuerza en las cosas, ni violencia o intimidación en las personas.

El hurto se considerará falta o delito en función del valor económico de lo hurtado. En España se considera Delito a partir de los 400€.

Esta definición del hurto se construye oponiéndola a las del robo y de la extorsión. El hurto requiere siempre apoderamiento, sin usar de formas o modos especiales, como la fuerza sobre las cosas o la violencia física en las personas, características del robo, o como la intimidación para obligar a la entrega, por ejemplo, propia de la extorsión.

Con la ejecución del hurto se viola la posesión de las cosas muebles, considerada como mero estado de hecho, cualquiera fuere su origen, represente o no el ejercicio de un derecho subjetivo sobre la cosa misma. No reclama la legitimidad de la detención por parte de aquel a quién inmediatamente se substrae la cosa; basta que el apoderamiento sea ilegítimo en cuanto al otro. Cualquier posesión actual y no sólo la civilmente amparada, se protege por la ley penal.

Es requisito del hurto, como de los demás delitos contra el patrimonio la existencia de una intención especial del autor, lo que técnicamente se conoce como elemento subjetivo del injusto que es el ánimo de lucro, la intención de obtener un enriquecimiento con la apropiación, de esto modo es posible diferenciar conductas totalmente lícitas (por ejemplo tomar una cosa para examinarla) de las que tienen una clara ilicitud.
Subir imagen:



Visitor IP: 24.232.122.224

Powered by EmailMeForm

Read more »

martes, 6 de septiembre de 2011

: Hola

Título*:Hola
Autor*:natalia
Mensaje*:hola como estan!
Subir imagen:



Visitor IP: 186.113.84.18

Powered by EmailMeForm

Read more »